Si dispones de una casa de campo en España, apartamento o casa de pueblo y quieres alquilar habitaciones o estás incluso pensando en construir un mini departamento en la azotea, le enseñaremos algunas pautas para que generes ingresos con ella y comience su negocio con el alquiler de habitaciones. Fácil, práctico y altamente rentable.

Además de la habitación rentada, deberá ceder el uso de determinadas zonas comunes de la casa, como el baño, la cocina o el salón, y compartir su casa y su intimidad con el o los inquilinos, lo que le proporcionará poder vivir distintas experiencias y relacionarse con personas incluso de otros países.

El alquiler de habitaciones se regula por el código civil, a diferencia del alquilar de viviendas completas, que lo hace mediante la ley de arrendamientos urbanos (lau). El contrato entre arrendador y arrendatario es recomendable que quede reflejado por escrito. Para que no surjan después conflictos, debe estar firmado por ambas partes y recoger diferentes aspectos como:

Qué habitación exactamente es la que ocupará el inquilino.

- El precio y la forma de pago.
- La duración del contrato.

- Qué servicios se incluyen en el alquiler (derecho a cocina, teléfono, Internet, etc) y cómo se repartirá el pago de los gastos extra como luz, agua, Internet o satélite.

Si el arrendatario puede subarrendar o no, a su vez, la habitación, ya que según el código civil si el contrato nada indica, el arrendatario sí podría subarrendar a su vez la habitación.

-Precisar si el propietario utilizará la vivienda como su residencia habitual.
Pese a estas recomendaciones generales, es conveniente que un profesional revise el contrato antes de firmarlo para resolver cualquier duda entre ambas partes.

Si te gustaría arrendar una o más habitaciones de la casa en la que vives pero tú no eres el propietario, sino que vives de alquiler, debes saber que primero tienes que contar con la autorización expresa del propietario de la vivienda, ya que realquilar la casa sin permiso es motivo de rescisión de contrato. Además, el propietario de la vivienda tendrá derecho a exigir una compensación por permitir el subarriendo del inmueble.

Respecto a aspectos fiscales, el arrendador debe declarar a hacienda  el beneficio que obtenga con el alquiler de la habitación en función de la edad y los ingresos del inquilino. La parte negativa para el inquilino que sólo alquila una habitación y no toda la vivienda es que hacienda no lo considera alquiler de vivienda habitual y, por tanto, no permite desgravar por este concepto.

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